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- Solicitud de tarjeta de armas 4ª categoría - SEDE ELECTRÓNICA
En linea: realizando solicitud y pago a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en linea" (requiere identificación y firma electrónica) Para más información: consultar la ayuda Presencialmente: en las Oficinas de asistencia en materia de registro, así como en los registros de otras Administraciones Públicas
- Tarjetas de armas A B
Para poder portar y usar las armas de las armas accionadas por aire u otro gas comprimido, de la categoría 4ª, fuera del domicilio es necesario obtener la oportuna tarjeta de armas, las cuales deben acompañar siempre a las armas
- Tarjetas de armas - Ministerio del Interior
Para poder llevar y usar las armas de la categoría 4 ª fuera del domicilio habrán de estar documentadas singularmente mediante tarjetas de armas, que las acompañarán en todo caso
- Tarjetas de Armas (4ª categoría): Solicitud - Ayuntamiento de Zaragoza
Generar su solicitud haciendo clic en el botón rojo Iniciar trámite con Certificado o sistema Cl@ve y accederá al inicio de su solicitud que cumplimentará de forma guiada y que será recibida en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza
- Tarjeta para tenencia y uso de armas de 4ª categoría
Las tarjetas de armas que posibilitan llevar y usar las armas de categoría 4ª fuera del domicilio son documentos singulares que deben acompañar a sus titulares cuando porten aquellas
- Solicitud de tarjeta de Armas de la 4ª categoría
¿Dónde realizarlo? En la Oficina de Atención al Ciudadano de la Policía Municipal Pza España nº 1, planta baja, mediante Cita Previa
- SOLICITUD DE TARJETA DE ARMAS DE CUARTA CATEGORIA
• Solicitud de tarjeta de armas de 4ª categoría (DN 344) • Factura que acredite la propiedad y las características del arma, especialmente marca, modelo, categoría, tipo, calibre, nº de serie (original y copia)
- SOLICITUD DE TARJETA DE ARMAS DE 4“ CATEGOR - Sede Electrónica del . . .
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14 2 de la Ley 39 2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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